El presente informe tiene como objetivo analizar los marcos normativos de clasificación vehicular y los criterios de clasificación vehicular según la tecnología del vehículo en Perú, Ecuador, Chile, México, Colombia y Guatemala. A partir de una revisión técnica, se identifican similitudes y diferencias relevantes en la manera en que cada país estructura su categorización vehicular y define los distintos tipos de tecnologías, particularmente aquellas vinculadas con la movilidad eléctrica e híbrida.
Entre los principales hallazgos, se destaca que Perú y Ecuador han adoptado sistemas basados en estándares internacionales (Unece), utilizando las categorías L, M y N, lo cual permite una regulación más técnica y alineada con la homologación internacional. Por su parte, Chile y México emplean esquemas funcionales, enfocados en el uso o características del vehículo, lo que ha sido efectivo en el contexto de sus prioridades nacionales. En cuanto a la clasificación de tecnologías vehiculares, Ecuador presenta el mayor nivel de especificidad técnica, incorporando definiciones detalladas sobre híbridos en serie, paralelos y combinados, así como sobre combustibles alternativos. Perú también ha avanzado con una diferenciación clara de cinco tipos de tecnologías electrificadas, mientras que Chile y México adoptan clasificaciones más generales centradas en el modo de propulsión y recarga. En Colombia, la clasificación se orienta hacia la distinción de vehículos de cero emisiones, integrando vehículos eléctricos y de celda de combustible. Guatemala, por su parte, presenta una clasificación más amplia, reconociendo vehículos eléctricos, híbridos y de hidrógeno, con un enfoque ambiental y de sostenibilidad.
En función de los resultados obtenidos, se recomienda fomentar la armonización regional de la clasificación vehicular a través de espacios de diálogo técnico, adoptar nomenclaturas internacionales como base regulatoria, actualizar las definiciones normativas para nuevas tecnologías, y promover marcos normativos flexibles que permitan incorporar innovaciones sin perder coherencia técnica. Estas acciones contribuirán a facilitar el comercio regional, fortalecer la seguridad vial y acelerar la transición hacia una movilidad sostenible y tecnológicamente inclusiva en América Latina.
La clasificación vehicular es clave para regular el transporte terrestre, ya que establece un lenguaje técnico común que facilita el control, la seguridad vial y la gestión comercial de los vehículos. Permite aplicar normativas sobre dimensiones, pesos, seguridad y operación, además de ser esencial para procesos como homologación, importación, beneficios tributarios y cumplimiento ambiental. Una clasificación bien estructurada mejora la logística, impulsa tecnologías como la electromovilidad y apoya la movilidad sostenible.
Varios países de América Latina cuentan con marcos normativos para adaptarse a nuevas tecnologías, retos ambientales y de seguridad. Sin embargo, las diferencias entre países en criterios y enfoques regulatorios dificultan la interoperabilidad y coordinación regional. Este trabajo busca identificar buenas prácticas y vacíos normativos, promover la armonización y fortalecer el diálogo entre gobiernos, industria y organismos multilaterales.
El análisis se basó en una comparación cualitativa de normativas oficiales y aportes de gremios automotrices de varios países. Se utilizaron como fuentes primarias los marcos normativos oficiales, así como aportes institucionales de entidades gremiales como AMDA (México), Fenabrave (Brasil), Cavem (Chile), Aeade (Ecuador), AAP (Perú), Asociación Gremial de Concesionarios de Automotores Aconauto (Colombia), Aidva (Guatemala) y miembros de la Asociación Latinoamericana de Distribuidores de Automotores (Aladda), que ofrecieron información complementaria y validaron aspectos técnicos del presente documento.
Estructura de la clasificación vehicular (uso de categorías L, M y N y otros enfoques)
Nivel de especificidad en la definición de tecnologías de propulsión
Armonización con estándares internacionales
Flexibilidad normativa para incorporar nuevas tecnologías
Implicaciones comerciales y regulatorias derivadas de la clasificación
Este enfoque permitió identificar diferencias clave, oportunidades de mejora y recomendaciones prácticas que apoyen los esfuerzos regionales de actualización normativa y facilitación del comercio vehicular.
La clasificación vehicular constituye una herramienta fundamental para la regulación del transporte terrestre, ya que permite establecer criterios técnicos, normativos y administrativos que ordenan y controlan la circulación de los distintos tipos de vehículos. Esta clasificación no solo debe garantizar la seguridad vial y la eficiencia en la gestión del parque automotor, sino también mantenerse flexible y abierta a la incorporación de nuevas tecnologías y modalidades de transporte que van surgiendo con el desarrollo de la movilidad eléctrica, la automatización y las nuevas formas de micromovilidad.
En América Latina, países como Perú, Ecuador, Chile, México, Guatemala y Colombia presentan enfoques distintos que reflejan sus prioridades regulatorias, niveles de desarrollo y marcos institucionales.
Ecuador y Perú utilizan clasificaciones alineadas con estándares internacionales como las categorías L, M y N de la Unece. Esto permite una regulación más técnica y detallada, especialmente útil para procesos de homologación y control ambiental.
Chile y México, en cambio, emplean sistemas funcionales adaptados a sus realidades, centrados en el tipo de servicio, número de ejes, capacidad de carga o pasajeros. Aunque no usan explícitamente la nomenclatura internacional, sus clasificaciones son prácticas y efectivas para la gestión local del transporte.
Guatemala y Colombia adoptaron clasificaciones más operativas, enfocadas en definiciones simples basadas en capacidad, uso y características físicas y también por peso. Colombia, por ejemplo, distingue entre buses, busetas, microbuses, camiones, camionetas tipo pick-up, camiones tractores, motocicletas y mototriciclos, sin usar las categorías L, M y N, pero con un marco que facilita la regulación del transporte urbano y de carga.
Brasil se aparta de todos los anteriores con un sistema propio de once clases, que combina criterios como peso bruto, potencia y uso, incluyendo vehículos agrícolas e industriales.
Esta diversidad normativa plantea desafíos, pero también ofrece oportunidades para la armonización regional. Un mayor alineamiento técnico y conceptual facilitaría la homologación de vehículos, el comercio intrarregional y la adopción de nuevas tecnologías. Avanzar hacia una clasificación vehicular regional, no solo fortalecería la integración del mercado, sino que también generaría beneficios en términos de seguridad vial, modernización regulatoria y adopción de tecnologías limpias.
País | Tipo de tecnología | Definición |
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Perú https://rb.gy/30jyyo | Vehículo eléctrico: | Conocidos como EV (Electric Vehicle) o BEV (Battery Electric Vehicle), es aquel propulsado únicamente por uno o más motores eléctricos alimentados por una o más baterías que se recargan conectadas a la red eléctrica. |
Vehículo híbrido convencional: | Conocidos como HEV (Hybrid Electric Vehicle) o híbridos no enchufables, es aquel propulsado por un motor térmico y uno o más motores eléctricos alimentados por baterías que se recargan por un generador accionado por el motor térmico y por el sistema de freno regenerativo. | |
Vehículo híbrido enchufable: | Conocidos como PHEV (Plug-in Hybrid Electric Vehicle), es aquel propulsado por un motor térmico y uno o más motores eléctricos alimentados por baterías que se recargan conectadas a la red eléctrica. |
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Vehículo eléctrico con autonomía extendida: | Conocidos como REEV (Range Extender Electric Vehicle), es aquel vehículo eléctrico cuyas baterías se recargan conectadas a la red eléctrica y cuenta además con un motor térmico de apoyo que acciona un generador eléctrico para recargar sus baterías y aumentar su autonomía. |
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Ecuador https://shorturl.at/iQH5K | Vehículo con motor de combustión interna VMCI | Por vehículo con motor de combustión interna se entiende un vehículo equipado con un tren motriz que contiene exclusivamente motores de combustión interna (MCI) como convertidores de energía de propulsión. Se clasifican en: Vehículo monocombustible Por vehículo monocombustible se entiende un vehículo con un motor de combustión interna que funciona únicamente con un tipo de combustible. Vehículo bicombustible Vehículo con dos sistemas de almacenamiento de combustible separados para diferentes tipos de combustibles y un motor de combustión interna que opera principalmente con un combustible a la vez. Vehículo de combustible dual Un vehículo con dos sistemas de almacenamiento separados para dos tipos diferentes de combustibles y un motor de combustión interna que opera principalmente con ambos combustibles simultáneamente. Vehículo de combustible flexible Vehículo con un sistema de almacenamiento de combustible para una mezcla de combustibles y un motor de combustión interna que opera con una mezcla o con cualquiera de esos combustibles. |
Vehículo híbrido - HV | Vehículo equipado con un sistema de propulsión que contiene al menos dos categorías diferentes de convertidores de energía de propulsión y al menos dos categorías diferentes de sistemas de almacenamiento de energía de propulsión. |
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Vehículo electrificado - EV | Vehículo equipado con un sistema de propulsión que contiene al menos un motor eléctrico o un motor-generador eléctrico como convertidor de energía de propulsión. Se clasifican en: Vehículo electrificado puro – PEV Vehículo equipado con un sistema de propulsión que contiene exclusivamente máquinas eléctricas como convertidores de energía de propulsión y sistemas de almacenamiento de energía eléctrica exclusivamente recargables (REESS) como sistemas de almacenamiento de energía de propulsión. Este tipo de vehículo no tiene un sistema de almacenamiento de combustible en su arquitectura. Vehículo híbrido electrificado - HEV Vehículo híbrido equipado con un sistema de propulsión que contiene al menos un motor eléctrico o un motor-generador eléctrico y al menos un motor de combustión interna como convertidor de energía de propulsión. Se clasifican en: Vehículo híbrido en paralelo El sistema híbrido en paralelo cuenta con un motor de combustión interna que entrega energía de propulsión directamente a las ruedas motrices en conjunto con un motor-generador eléctrico alimentado por un REESS. Vehículo híbrido en serie El sistema híbrido en serie cuenta con un motor-generador eléctrico como convertidor de energía de propulsión, el cual recibe energía eléctrica del REES o de un generador alimentado por un MCI. En esta configuración el motor de combustión interna entrega energía de propulsión de manera indirecta al tren motriz. Vehículo híbrido en combinado El sistema híbrido combinado es la unión del sistema, el paralelo y en serie. Vehículo de celda de combustible – FCV Vehículo equipado con un sistema de propulsión que contiene exclusivamente celdas de combustible y máquinas eléctricas como convertidores de energía de propulsión. Vehículo híbrido de celdas de combustible – FCHV Vehículo de celdas de combustible equipado con un sistema de propulsión que contiene al menos un sistema de almacenamiento de combustible y al menos un sistema de almacenamiento de energía eléctrica recargable como sistemas de almacenamiento de energía de propulsión. |
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Chile https://shorturl.at/hG8ic | Vehículo Eléctrico | Es aquel vehículo motorizado liviano o mediano, con un motor eléctrico como único medio de propulsión. |
Vehículo Híbrido | Es aquel vehículo motorizado liviano o mediano, impulsado por un grupo de motores, como mínimo un motor eléctrico o un motor-generador eléctrico y un motor de combustión interna. |
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Vehículo Híbrido Recargable | Es aquel vehículo motorizado liviano o mediano, impulsado por un grupo de motores, como mínimo un motor eléctrico o un motor-generador eléctrico y un motor de combustión interna, y que permite cargar de energía eléctrica desde una fuente externa. |
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Vehículo Eléctrico de Rango Extendido | Es aquel vehículo motorizado liviano o mediano, impulsado exclusivamente por energía eléctrica, que cuenta con un motor de combustión interna para proveer energía eléctrica al sistema de almacenamiento. | |
Vehículo Celda de Combustible | Es aquel vehículo eléctrico liviano o mediano, con una pila de combustible y una máquina eléctrica como convertidores de la energía de propulsión. |
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México https://shorturl.at/reskR | Vehículo de celda de combustible | Vehículo eléctrico propulsado únicamente por un motor eléctrico donde la energía para el motor es suministrada por una celda electroquímica que produce electricidad a través de la reacción de no combustión de un combustible consumible, típicamente hidrógeno. |
Vehículo eléctrico | Vehículo automotor cuyo funcionamiento o propulsión es 100 % de modo eléctrico y genera cero emisiones por combustión durante su operación. |
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Vehículo de rango extendido | Vehículo cuyo funcionamiento o propulsión es 100 % de modo eléctrico cuando se dispone de energía eléctrica suministrada por fuente externa o no almacenada en el sistema y cuenta con una fuente de energía, usualmente un motor de combustión interna, que es utilizada para proporcionar energía al sistema eléctrico y continuar con el funcionamiento o propulsión 100 % de modo eléctrico. Este vehículo no es cero emisiones. |
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Vehículo híbrido conectable | Vehículo automotor con dos o más sistemas que proporcionan energía, los cuales le proveen propulsión ya sea en conjunto o en forma independiente, en donde el sistema de almacenamiento eléctrico se recarga a través de una conexión externa. |
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Colombia https://shorturl.at/kffPg | Vehículo Eléctrico | Un vehículo impulsado exclusivamente por uno o más motores eléctricos, que obtienen corriente de un sistema de almacenamiento de energía recargable, como baterías, u otros dispositivos portátiles de almacenamiento de energía eléctrica, incluyendo celdas de combustible de hidrógeno o que obtienen la corriente a través de catenarias. Estos vehículos no cuentan con motores de combustión interna o sistemas de generación eléctrica a bordo como medio para suministrar energía eléctrica. |
Vehículo de Cero Emisiones Contaminantes | Vehículo automotor impulsado por cualquier tecnología de motorización que en virtud de la generación de su energía para propulsión, no emite emisiones contaminantes al aire ni gases de efecto invernadero. | |
Guatemala https://shorturl.at/SvZfD | Vehículo eléctrico | Todo vehículo impulsado con energía cien por ciento eléctrica o con tecnología de cero emisiones contaminantes, que obtienen corriente eléctrica de un sistema de almacenamiento de energía recargable como baterías u otros dispositivos portátiles de almacenamiento de energía eléctrica. Se refiere a vehículos que no son impulsados por motores de combustión interna. |
Vehículo de hidrógeno | Todo vehículo impulsado por combustible hidrógeno, con tecnología de cero emisiones contaminantes. Se refiere a vehículos que no son impulsados por motores de combustión interna que hacen uso de hidrocarburos. | |
Vehículo híbrido | Es aquel en el que se utilizan sistemas de propulsión híbridos, que combina un motor de combustión interna y uno o varios motores eléctricos. Puede ser enchufable o no enchufable. |
En América Latina, la transición hacia tecnologías vehiculares más limpias ha impulsado la necesidad de clasificaciones normativas que diferencien claramente las distintas formas de propulsión. Este análisis compara los marcos regulatorios de Perú, Ecuador, Chile, México, Colombia y Guatemala, evidenciando las diferencias en el grado de especificidad, el enfoque técnico y los criterios ambientales adoptados por cada país.
Perú cuenta con una de las clasificaciones más completas, al identificar cinco tipos de tecnologías: vehículos eléctricos puros (BEV), híbridos convencionales (HEV), híbridos enchufables (PHEV), eléctricos con autonomía extendida (REEV) y de celda de combustible (FCV). Cada categoría está definida con base en el sistema de propulsión y la fuente de recarga, siendo útil tanto para normativas técnicas como para beneficios tributarios.
Ecuador presenta un enfoque normativo aún más técnico. Además de clasificar vehículos eléctricos puros (PEV), híbridos electrificados (HEV) y de celda de combustible (FCV/FCHV), distingue subtipos de híbridos (paralelos, en serie, combinados) y variantes de motorización de combustión (monocombustible, bicombustible, dual y flexible).
Chile adopta una clasificación funcional que reconoce las principales tecnologías (eléctricos, híbridos, híbridos recargables, de rango extendido, celda de combustible), pero sin subclasificaciones técnicas. Su marco es más accesible y se enfoca en el tipo de propulsión y forma de recarga, orientado a políticas de fomento y diferenciación técnica.
México establece categorías similares a las de Chile, priorizando criterios como la recarga externa y el modo de operación. Aunque incluye híbridos enchufables y eléctricos de rango extendido, no profundiza en las variantes tecnológicas.
Colombia introduce una clasificación basada en el impacto ambiental. Define los vehículos eléctricos como aquellos que operan únicamente con motores eléctricos alimentados por baterías, celdas de combustible o catenarias, sin incluir motores térmicos de apoyo. Además, incorpora la categoría de “vehículo de cero emisiones contaminantes”, aplicable a cualquier tecnología que no genere emisiones contaminantes ni gases de efecto invernadero.
Guatemala incluye una clasificación más amplia en términos de alcance. Reconoce vehículos eléctricos (alimentados 100% por baterías), de hidrógeno (con tecnología de cero emisiones), e híbridos (enchufables y no enchufables). Su enfoque enfatiza el criterio ambiental y de movilidad sostenible, pero no profundiza en subtipos tecnológicos ni en componentes específicos.
En este contexto, resulta evidente que la región avanza de forma desigual en la definición normativa de las tecnologías de propulsión vehicular. Mientras algunos países han optado por marcos detallados y técnicamente específicos, otros priorizan definiciones funcionales o criterios ambientales. Esta diversidad regulatoria representa tanto un desafío como una oportunidad: por un lado, puede generar barreras técnicas al comercio y dificultar la interoperabilidad regional; por otro, abre el espacio para impulsar procesos de armonización normativa que favorezcan la movilidad sostenible, la atracción de inversiones y la adopción masiva de tecnologías limpias. La consolidación de un lenguaje común y de criterios compartidos sería clave para fortalecer la integración y acelerar la transición energética en el sector transporte en América Latina.
En función del análisis comparativo de las normativas de clasificación vehicular en América Latina, se identifican oportunidades concretas para fortalecer la coherencia regulatoria regional, optimizar la gestión técnica de los vehículos y facilitar el comercio entre países.
Las siguientes recomendaciones buscan contribuir al desarrollo de marcos normativos más integrales, modernos y compatibles con los avances tecnológicos, considerando las particularidades de cada país y la necesidad de avanzar hacia una mayor armonización regulatoria.
Estas propuestas están orientadas a apoyar a los formuladores de políticas públicas, entidades técnicas y gremios del sector automotor en el diseño de estrategias que impulsen la movilidad segura, sostenible y eficiente en la región.
Diálogo y cooperación regional
Fomentar espacios de diálogo regional promovidos por entidades multilaterales o asociaciones gremiales como Aladda, para compartir buenas prácticas y avanzar hacia definiciones comunes.
Adopción de estándares internacionales
Adoptar esquemas de clasificación vehicular basados en normas internacionales (como las categorías L, M y N de Europa), para uniformar criterios técnicos sobre seguridad, homologación y tributación.
Actualización normativa y tecnológica
Incorporar definiciones claras y completas sobre nuevas tecnologías de propulsión, incluyendo todos los tipos de vehículos electrificados e híbridos, así como tecnologías emergentes.
Interoperabilidad regional
Fortalecer la interoperabilidad normativa entre países latinoamericanos para facilitar la importación, certificación técnica y el reconocimiento de homologaciones.
Flexibilidad regulatoria
Promover una regulación adaptativa que permita la incorporación progresiva de nuevas soluciones de movilidad, respetando las realidades y capacidades de cada país.
La elaboración de este informe ha sido posible gracias al aporte de los gremios que pertenecen a la Asociación Latinoamericana de Distribuidores de Automotores (Aladda) de América Latina:
Proporcionado por la Asociación Automotriz de Perú: Reglamento Nacional de Vehículos – Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC. Decreto Supremo que modifica el Reglamento Nacional de Vehículos, el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito y dicta otras disposiciones.
Decreto Supremo Nº 019-2018-MTC.
Proporcionado por la Asociación de Empresas Automotrices del Ecuador:
Norma Técnica Ecuatoriana (NTE INEN 2656) Segunda revisión 2024-03, CLASIFICACIÓN VEHICULAR.
Proporcionado por la Cámara de Comercio Automotriz de Chile:
Decreto 211: Normas Sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos.
Proporcionado por la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores: Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSP-2008,
Para la determinación, asignación e instalación del número de identificación vehicular.
Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSP-2008, Para la determinación, asignación e instalación del número de identificación vehicular.
Proporcionado por la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores: Norma Oficial Mexicana NOM-163-SEMARNAT-SCFI-2023, Emisiones de bióxido de carbono (CO2) provenientes del escape, aplicable a vehículos automotores nuevos de peso bruto vehicular de hasta 3857 kilogramos.
Proporcionado por la Asociación de Importadores y Distribuidores de Vehículos Automotores -Aidva- de Guatemala:
Ley de Tránsito y su Reglamento, Decreto Número 132-96 del Congreso de la República de Guatemala.
Ley de Incentivos para Movilidad Eléctrica (Decreto número 40-2022) y Reglamento de la Ley de Incentivos para Movilidad Eléctrica (Acuerdo gubernativo número 295-2022).
Ministerio de Energía y Minas https://mem.gob.gt/
Unece, ECE/TRANS/WP.29/78/Rev.7 [en línea]. Consolidated Resolution on the Construction of Vehicles [consulta: 16 de julio de 2023] Disponible en: https://Unece.org/sites/default/files/2023-05/ECE_TRANS_WP.29_78_Rev.7.pdf
Parlamento Europeo y del Consejo, Reglamento 168/2013 [en línea]. [consulta: 15 de octubre de 2022] Disponible en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/es/TXT/?uri=CELEX%3A32013R0168
Parlamento Europeo y del Consejo, Reglamento (UE) 2018/858 [en línea]. [consulta: 15 de octubre de 2022]. Disponible en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32018R0858&from=en
Unece, ECE/TRANS/WP.29/1121 [en línea]. Mutual Resolution No. 2 (M.R.2) of the 1958 and the 1998 Agreements [consulta: 14 de julio de 2023] Disponible en: https://Unece.org/fileadmin/DAM/trans/main/wp29/wp29resolutions/ECE-TRANS-WP29-1121e.pdf